Acusación
En los muchos sistemas procesales existentes, sólo se admite la figura de la acusación pública, es decir, la que realiza el Ministerio Fiscal. En nuestro ordenamiento penal, en cambio, se autoriza la acusación particular.
Ello significa que las víctimas de un delito pueden, si lo desean, ejercer la acción penal a través de su abogado como parte del procedimiento, lo que les permite aportar pruebas, solicitar diligencias de investigación, asistir a las declaraciones de testigos y del investigado, presentar el escrito de acusación, asistir a juicio y realizar un sinfín de tareas encaminadas a obtener la justicia más eficaz y la mayor satisfacción económica como indemnización por los perjuicios sufridos como consecuencia del delito.
En ELT Reclama somos especialistas en Derecho Penal y Penitenciario, y todos nuestros abogados cuentan con una larga y exitosa experiencia profesional avalada por multitud de sentencias favorables a los intereses de nuestros clientes.
El despacho cuenta con una línea telefónica operativo las 24 horas de los 365 días del año para atender a quienes deseen nuestra representación.